El beneficio de Seguro por Desempleo que le corresponde a las personas que han trabajado y perdido su empleo se determina individualmente. En una reclamación regular, una persona que ha trabajado con un patrono asegurado tiene derecho a 26 semanas de beneficios. El beneficio semanal fluctúa entre $7.00 y $133.00.
Compensación de Emergencia por Desempleo (EUC)
En el 2008 se aprobó el inicio del programa de Compensación de Emergencia por Desempleo (EUC, por sus siglas en inglés), con lo cual se autorizó el pago de 33 semanas de beneficios adicionales para los trabajadores desempleados de todos los estados y territorios de los Estados Unidos.
(Aplica a todos los desempleados cuyos beneficios normalmente hubieran caducado antes del 31 de diciembre de 2009).
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Existe además, el programa de Beneficios Extendidos (EB, por sus siglas en inglés), que en Puerto Rico provee para 13 semanas adicionales de beneficio por desempleo y que se activa cuando el nivel de desempleo es igual o excedió el 5.0%. Con la implantación de la Ley Federal ‘American Recovery and Reinvestment Act’ (ARRA), en el 2009 el Gobierno Federal pagará por la totalidad de los beneficios extendidos de todos los Estados.
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